{"id":8377,"date":"2019-03-27T11:55:21","date_gmt":"2019-03-27T11:55:21","guid":{"rendered":"http:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/?p=8377"},"modified":"2019-03-27T11:56:00","modified_gmt":"2019-03-27T11:56:00","slug":"mujeres-de-ausentes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/mujeres-de-ausentes\/","title":{"rendered":"Mujeres de ausentes"},"content":{"rendered":"<div class=\"fusion-fullwidth fullwidth-box fusion-builder-row-1 nonhundred-percent-fullwidth non-hundred-percent-height-scrolling\" style=\"--awb-border-radius-top-left:0px;--awb-border-radius-top-right:0px;--awb-border-radius-bottom-right:0px;--awb-border-radius-bottom-left:0px;--awb-padding-top:20px;--awb-padding-bottom:20px;--awb-flex-wrap:wrap;\" ><div class=\"fusion-builder-row fusion-row\"><div class=\"fusion-layout-column fusion_builder_column fusion-builder-column-0 fusion_builder_column_3_5 3_5 fusion-three-fifth fusion-column-first\" style=\"--awb-bg-size:cover;width:60%;width:calc(60% - ( ( 4% ) * 0.6 ) );margin-right: 4%;\"><div class=\"fusion-column-wrapper fusion-flex-column-wrapper-legacy\"><div class=\"fusion-text fusion-text-1\"><p>La atracci\u00f3n que, durante los siglos modernos, ejercieron las llamadas Indias sobre los habitantes de los reinos hispanos, como el nuevo \u201cEl Dorado\u201d donde cumplir aspiraciones y sue\u00f1os, se tradujo en un ir y venir constante de gentes a trav\u00e9s del Atl\u00e1ntico. Para el siglo XVI y a partir de los registros oficiales de pasajeros a Indias la aportaci\u00f3n andaluza fue de un 35 por ciento de la poblaci\u00f3n emigrante, de forma mayoritaria procedente de los territorios que conformaban el Reino de Sevilla. Esta significativa presencia de andaluces se mantendr\u00e1, aunque con una suave tendencia a la baja, durante todo el periodo, as\u00ed que estamos ante uno de los procesos migratorios de larga distancia m\u00e1s significativos de la historia de Andaluc\u00eda. Aunque la perspectiva cuantitativa de todo el proceso \u2013n\u00famero de emigrantes, ritmos, y direcciones- han dominado las investigaciones que se vienen sucediendo desde la d\u00e9cada de los 50 del siglo XX, justificadas en la relativa fiabilidad de los registros de los emigrantes oficiales, poco a poco la emigraci\u00f3n a Indias ha empezado a ofrecer otras perspectivas de an\u00e1lisis que desbordan el marco estricto de su magnitud cuantitativa. Su impacto demogr\u00e1fico, econ\u00f3mico y cultural en la sociedad espa\u00f1ola de estos siglos fue indudable como el hecho de que fue una realidad determinante para muchas mujeres y familias que quedaban aqu\u00ed a la espera de remesas o del regreso del marido o padre ausente. Las cartas personales que cruzaron el Atl\u00e1ntico en estos siglos, de las que Enrique Otte ofreci\u00f3 inicialmente una rotunda recopilaci\u00f3n, constituyeron indicios significativos de las numerosas implicaciones de todo tipo \u2013econ\u00f3mica, familiar, afectiva, cultural- del fen\u00f3meno de la emigraci\u00f3n masiva de hombres al Nuevo Mundo. Aunque muchos marchaban con la esperanza de buscar su vida y mejorar su fortuna y la de sus familias, la distancia y la nueva vida creada al otro lado del Atl\u00e1ntico colaboraron en la prolongaci\u00f3n de la ausencia, convertida muchas veces, en definitiva. Diversas fuentes como la documentaci\u00f3n generada para la repatriaci\u00f3n de los bienes de difuntos, procedimiento fijado ya hacia 1504, han permitido trascender la perspectiva meramente demogr\u00e1fica del hecho migratorio a Indias y contextualizar a los emigrantes en su universo espacial, social, econ\u00f3mico y familiar. Dando relevancia, al tiempo, a la situaci\u00f3n y aspiraciones de las familias de aquellos que se hab\u00edan detenido definitivamente en Am\u00e9rica y hab\u00edan muerto all\u00ed. La realidad de las mujeres de los ausentes, presente en numerosas localidades andaluzas de los tiempos modernos, destaca sin embargo con una magnitud cuantitativa muy significativa en dos contextos espaciotemporales concretos: la Sevilla del Quinientos y el C\u00e1diz del Setecientos. Para la primera se han ido ofreciendo distintas caras y matices de un problema (M.E. Perry, J.I. Carmona) que se visibiliz\u00f3 en su momento bajo la percepci\u00f3n de una ciudad tomada por las mujeres \u2013esa fue la impresi\u00f3n del embajador veneciano en la Corte de Carlos V, Andrea Navagero, de visita en Sevilla en 1525-. Pero m\u00e1s all\u00e1 de esta impresi\u00f3n, Perry se interes\u00f3 por las consecuencias de la realidad de la emigraci\u00f3n en las relaciones sociales, valorando su trascendencia y materializaci\u00f3n bajo distintas formas que para la autora traduc\u00edan la crisis de una sociedad patriarcal. En la Sevilla del XVI, en plena efervescencia poblacional, comercial y cultural, la ausencia de muchos hombres a la conquista y colonizaci\u00f3n del Nuevo Mundo transform\u00f3 a las mujeres en jefas de sus hogares, administradoras de sus bienes y los de la familia y tutoras de sus hijos. A pesar de limitaciones legales para operar con total libertad que impon\u00eda la legislaci\u00f3n vigente \u2013en los Reinos de Castilla, las Leyes de Toro de 1505-, en especial la necesidad de licencia del marido para cualquier actuaci\u00f3n en la esfera p\u00fablica y legal que ten\u00edan las casadas, y a pesar de los valores sociopol\u00edticos vigentes respecto a su situaci\u00f3n secundaria en la jefatura del hogar, las mujeres de ausentes ejercieron esas funciones. Esta visibilizaci\u00f3n de su capacidad y poder no s\u00f3lo suscit\u00f3 admiraci\u00f3n o extra\u00f1eza, sino tambi\u00e9n, seg\u00fan Perry, esfuerzos por parte de los poderes f\u00e1cticos para contener la \u201cusurpaci\u00f3n\u201d de las funciones dirigentes en la vida familiar y social que supuestamente s\u00f3lo correspond\u00eda a los hombres. Abundante literatura de estado, prescriptiva sobre las funciones de las mujeres en el matrimonio, ordenanzas municipales y gremiales y controles de la moralidad ejercidos por vecinos y eclesi\u00e1sticos, intentaron frenarla.<\/p>\n<p>El esfuerzo m\u00e1s temprano y continuado por impedir el abandono de familias y mujeres por parte de los hombres ausentes en la Am\u00e9rica Hispana correspondi\u00f3 a la Corona. Desde el principio, la apuesta por una colonizaci\u00f3n que se adecuara en los perfiles de conducta de los colonos a la moral cristiana, uno de los fundamentos ideol\u00f3gicos m\u00e1s importantes de la Monarqu\u00eda Hispana, se materializ\u00f3 en unas leyes de emigraci\u00f3n que tend\u00edan a favorecer la emigraci\u00f3n de familias y evitar la de hombres casados sin sus mujeres. \u00a0Paralelamente, ir\u00e1 tomando forma un dispositivo legal que a partir de unas primeras medidas parciales en La Espa\u00f1ola \u00a0y Nueva Espa\u00f1a, se extender\u00e1, mediante una ley de Felipe II en 1544, al conjunto de los territorios bajo poder espa\u00f1ol, poniendo en manos de las mujeres de ausentes un amplio y detallado procedimiento encaminado a procurar el regreso forzoso de los maridos. Una larga serie de leyes, promulgadas entre 1544 y 1774, tratan de regular la presencia de hombres casados y comprometidos en la Am\u00e9rica Hispana con el fin de prevenir, en la Pen\u00ednsula, el desorden econ\u00f3mico, social y moral de unas familias rotas, y su posible r\u00e9plica en las Indias, donde hombres casados en Espa\u00f1a pod\u00edan establecer con otras mujeres lazos familiares ilegales y fuera del marco de la moral cristiana. Estas leyes, en su reiteraci\u00f3n constante a lo largo del periodo, tanto como en su tenor, constituyen una evidencia de la importancia del desplazamiento constante de hombres casados a la Am\u00e9rica Espa\u00f1ola y de la conciencia sobre la problem\u00e1tica que planteaba la misma. Recogidas en la <em>Recopilaci\u00f3n de las Leyes de Indias<\/em> (1634), contemplan el regreso forzoso de los casados ausentes en Indias que hubieran descuidado sus obligaciones familiares y permanecieran all\u00ed sin licencia de sus esposas. La pol\u00edtica de reuni\u00f3n de matrimonios se fue completando con la puesta en marcha de un dispositivo de repatriaci\u00f3n forzosa de los ausentes y sus bienes en el que colaboraron la justicia secular y la eclesi\u00e1stica. A los obispos y sus tribunales les compet\u00eda, por iniciativa propia o tramitando la denuncia de la parte agraviada, recabar informes y localizar a los ausentes. Las autoridades civiles (virreyes, presidentes de audiencias y gobernadores), deb\u00edan proporcionar los medios de fuerza, transporte y custodia del reo hasta su dep\u00f3sito en la c\u00e1rcel eclesi\u00e1stica del obispado correspondiente. \u00a0El procedimiento pod\u00eda iniciarse a petici\u00f3n de las esposas mediante una denuncia en los tribunales diocesanos, denuncia que pon\u00eda en marcha el dispositivo de repatriaci\u00f3n mediante una \u201crequisitoria general de gu\u00eda\u201d dirigida al juez eclesi\u00e1stico de la di\u00f3cesis en la que resid\u00eda el ausente. El estudio de 336 expedientes de requisitorias tramitadas desde la di\u00f3cesis de C\u00e1diz entre 1696 y 1808 (De la Pascua) \u00a0ha permitido el an\u00e1lisis de la situaci\u00f3n econ\u00f3mica, social y emocional de estas mujeres de ausentes y sus familias. Analizar desde las caracter\u00edsticas sociol\u00f3gicas del colectivo en una reconstrucci\u00f3n prosopogr\u00e1fica de los implicados \u2013lugar de nacimiento y vecindad, lugares de radicaci\u00f3n de los ausentes, estructura de la familia abandonada, situaci\u00f3n econ\u00f3mica de las esposas, duraci\u00f3n de la ausencia, etc.-, hasta el seguimiento, m\u00e1s laborioso y con una metodolog\u00eda de car\u00e1cter cualitativo, de los rastros de un proceso de construcci\u00f3n de la experiencia por parte de estas mujeres solas. Forman parte del mismo un c\u00famulo de estrategias legales, econ\u00f3micas y emocionales rastreadas a trav\u00e9s de estas fuentes, y otras en las que su presencia tambi\u00e9n se hace relevante como los testamentos, que posibilita una valoraci\u00f3n del grupo desde una perspectiva m\u00e1s compleja. A partir del mismo es posible, asimismo, la comprensi\u00f3n del colectivo de mujeres de ausentes, avanzando m\u00e1s all\u00e1 una imagen de marginalizaci\u00f3n y victimizada atribuida frecuentemente a las mismas, hacia las condiciones reales de vida en la cobran relevancia la agencia, las redes de sociabilidad y apoyo que construyen alrededor de s\u00ed, as\u00ed como la valoraci\u00f3n de sus propias trayectorias de vida como mujeres solas. A partir de ellas su condici\u00f3n de abandonada pierde fuerza frente a su realidad como mujeres aut\u00f3nomas.<\/p>\n<h6 style=\"text-align: right;\">Autora: Mar\u00eda Jos\u00e9 de la Pascua S\u00e1nchez<\/h6>\n<hr \/>\n<p>Bibliograf\u00eda<\/p>\n<p>CARMONA, J. I.,\u00a0 <em>Mercado inmobiliario, poblaci\u00f3n, realidad social. Sevilla en los tiempos de la Edad Moderna,<\/em>\u00a0Sevilla, Universidad de Sevilla, 2015.<\/p>\n<p>DE LA PASCUA, Mar\u00eda Jos\u00e9, \u201cLa cara oculta del sue\u00f1o indiano: mujeres abandonadas en el C\u00e1diz de la Carrera de Indias\u201d, <em>Chr\u00f3nica Nova<\/em> 21, 1993-94, pp. 441-468.<\/p>\n<p>DE LA PASCUA, Mar\u00eda Jos\u00e9, <em>Mujeres Solas. Historias de amor y de abandono en el Mundo Hispano,<\/em>\u00a0M\u00e1laga, CEDMA, 1998.<\/p>\n<p>DE LA PASCUA, Mar\u00eda Jos\u00e9, \u201cEstrategias de regreso sobre un mar de olvidos: las mujeres de los ausentes en Indias ante los tribunales (1695-1804)\u201d, en Juan Jos\u00e9 Iglesias, Jos\u00e9 Jaime Garc\u00eda (eds.), <em>Andaluc\u00eda en el Mundo Atl\u00e1ntico Moderno. Agentes y escenari<\/em>os, Madrid, S\u00edlex, 2016, pp. 435-438.<\/p>\n<p>PERRY, M. E., <em>Ni espada rota ni mujer que trota. Mujer y desorden social en la Sevilla del Siglo de Oro,<\/em>\u00a0Barcelona, Cr\u00edtica, 1993 (ed. orig., 1990).<\/p>\n<\/div><div class=\"fusion-clearfix\"><\/div><\/div><\/div><div class=\"fusion-layout-column fusion_builder_column fusion-builder-column-1 fusion_builder_column_2_5 2_5 fusion-two-fifth fusion-column-last\" style=\"--awb-bg-size:cover;width:40%;width:calc(40% - ( ( 4% ) * 0.4 ) );\"><div class=\"fusion-column-wrapper fusion-flex-column-wrapper-legacy\"><div class=\"fusion-clearfix\"><\/div><\/div><\/div><\/div><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"","protected":false},"author":101011,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[36],"tags":[627],"class_list":["post-8377","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-mujeres","tag-maria-jose-de-la-pascua-sanchez"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8377","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/wp-json\/wp\/v2\/users\/101011"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8377"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8377\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9105,"href":"https:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8377\/revisions\/9105"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8377"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8377"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www2.ual.es\/ideimand\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8377"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}