La Orden de San Agustín (O.S.A.), Ordo Sancti Agustini, antes Orden de Ermitaños de San Agustín (O.E.S.A.), pertenece a las órdenes mendicantes existentes en el seno de la Iglesia Católica. Su presencia en Andalucía tiene lugar al compás de otro acontecimiento histórico de capital importancia, el avance castellano sobre territorio musulmán. El primer establecimiento agustino en suelo andaluz es consecuencia de la toma de Sevilla por el rey San Fernando III, que concedió la fundación del Convento de San Agustín, o Casa Grande, en torno a 1248. Córdoba será otra de las comunidades agustinas tempranas, situada en principio extramuros de la ciudad, hasta 1329, cuando se trasladó dentro recinto amurallado, cediendo su casa original para alcázar de Alfonso XI. Finalizando el siglo XIV, en 1399, se erigió el convento de San Agustín de Chipiona, ligado al culto de Nuestra Señora de Regla, sobre una fortaleza y ermita preexistentes.  

Las fundaciones agustinas andaluzas primitivas obedecen en gran medida a mercedes reales, que facilitaron la instalación de las órdenes religiosas con el objetivo de fortalecer el asentamiento ideológico en una tierra todavía fronteriza. Por otra parte, no solo fue el favor real lo que las hizo prosperar, sino también la protección de bienhechores y de obispos, al igual que las demás órdenes mendicantes. La importancia de Andalucía dentro de la Orden queda reflejada al adjudicarle carácter de Provincia en el capítulo general de 1526, comprendiendo bajo su jurisdicción todas las casas situadas bajo la línea del río Tajo. Tras el paréntesis de una nueva unificación con la de Castilla, entre 1541 y 1582, quedó definitivamente instituida como tal hasta la secularización de 1835.

Una característica del agustinismo andaluz durante el siglo XV y principios del XVI, fue su acentuada tendencia al eremitismo, a consecuencia de sus orígenes. Una orientación que implicaba no solo el apartamiento físico, aunque los visitadores de la época señalan el rigor y exactitud de la vida en estos conventos. Coincidiendo temporalmente con esta seña de identidad, se desarrolla, a nivel general de la Orden, la Congregación agustiniana de la Observancia, como reacción a la relajación de la vida religiosa. El fortalecimiento de la disciplina y la eliminación de los privilegios serán los pilares sobre los que descansa el movimiento observante, características que conectan espiritualmente con la ya señalada tendencia al eremitismo e independencia de las comunidades locales andaluzas. Un ejemplo de esta congregación en Andalucía fue el convento de Arcos de la Frontera, fundado en 1586.

A lo largo del siglo XVI los conventos agustinos multiplican su número, en ocasiones beneficiados por la protección de grandes señores: Écija (1501), Jaén (1504), Jerez de la Frontera (1509), Antequera (1514), son algunos ejemplos. En 1511 Teresa Enríquez, esposa de Gutierre de Cárdenas, hizo posible la construcción del convento de Santa María de Huécija (Almería), para la educación de moriscos, convento que proporcionaría mártires a la Orden durante la Guerra de las Alpujarras (1568-1570). En 1520 Alonso Sánchez Recio de León cedió una ermita en Montilla (Córdoba) para una nueva fundación. La comunidad de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), conocida como Convento de Santiago, fue constituida plenamente en 1584, tras su intento de implantarse en 1573. Otro establecimiento agustino de este siglo en suelo andaluz fue el Hospital de Chiclana en Cádiz (1577), ligado al culto de Nuestra Señora de los Remedios. En 1602 se contabilizaban, al menos (las cifras discrepan según los autores), 16 casas en la Provincia de Andalucía, de las que 11 se situaban en territorio andaluz. Algunas de ellas fueron empleadas como punto de partida para llevar a cabo la vocación evangelizadora agustina en América y Extremo Oriente, un atractivo más que sumar al solar andaluz.

El Capítulo de Toledo de diciembre de 1588 abrió el camino a la materialización en la Orden del espíritu que demandaban amplios sectores del clero regular, así como la propia Reforma Católica. Un camino que, a la postre, daría lugar a una nueva congregación, la Orden de los Agustinos Recoletos (O.A.R.). Los intentos recoletos por establecerse en Andalucía, al contrario que otras órdenes mendicantes, encontraron gran resistencia. Así, los conventos que consiguieron erigirse obedecen al empeño real, caso de Granada, de obispos o de señores locales. En 1625 se erigió el convento de Nuestra Señora del Pópulo en Sevilla, al año siguiente el de Luque (Córdoba) y en años posteriores se fundaron los hospicios de Fernán Núñez y Córdoba. A finales del siglo XVIII, 1790, la Provincia contaba con 36 casas masculinas y 2 femeninas, de las que 26 se encontraban en Andalucía, de ellas solo una femenina.

En cuanto a las monjas, segunda rama de la Orden, señalaremos también su presencia temprana en Andalucía. En 1295 se fundó el convento de San Leandro de Sevilla, bajo el reinado de Fernando IV, extramuros de la ciudad hasta 1369. El convento de Córdoba, fundado en 1505 en el barrio de San Lorenzo, fue visitado en 1588 por el general de la Orden Gregorio Petrocchini, pudiendo comprobar el riguroso cumplimiento de los estatutos. Este mismo general presidiría el ya mencionado Capítulo de Toledo que abriría las puertas a la Recolección, cuyos primeros frutos andaluces fueron los conventos de Carmona (1629), Málaga (1631) y Lucena (1639). Por otra parte, la obra de Antonia de Jesús, iniciada en 1635 con la fundación de un beaterio en el Albaicín granadino, culminaría la expansión recoleta femenina en Andalucía, fructificando a la postre en seis nuevos conventos: Corpus Christi, Santo Tomás de Villanueva y Nazarenas de Motril en Granada, Chiclana y Medina Sidonia en Cádiz, y Cabra en tierras cordobesas.

El convulso siglo XIX español vino a modificar profundamente el estatus religioso vigente durante siglos, especialmente para las órdenes regulares. Con los precedentes desamortizadores de la ocupación francesa y del Trienio Liberal, el año 1835 vio la suspensión de conventos con menos de 12 religiosos y la exclaustración de los mismos. Además, en marzo de 1836 se decretaba la desamortización de bienes eclesiásticos. Desde la ocupación francesa, los efectivos conventuales de la Provincia habían ido disminuyendo (497 en 1808, 364 en 1828 y 321 en 1834), aunque seguían existiendo 36 casas (25 en Andalucía, destacando el Arzobispado de Sevilla con 11). Todas ellas sufrieron los efectos de las leyes antes citadas, desapareciendo en la vorágine del siglo. Igual suerte corrieron los conventos recoletos, aunque los femeninos consiguieron salvar las circunstancias históricas.

Autor: Antonio Ceballos Guerrero

Bibliografía

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CEBALLOS GUERRERO, Antonio, Feminidad, religión y poder local. Una aproximación a la génesis y evolución del convento de Santo Tomás de Villanueva de Granada (siglos XVII y XVIII), Granada, 2016.

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